Factura electrónica España 2026: Crea y Crece, VeriFactu y FacturaE
La Ley Crea y Crece (Ley 18/2022) impone la facturación electrónica B2B para todas las empresas y autónomos españoles antes de 2026-2027. FacturaE XML, VeriFactu antifraude AEAT, SII para grandes empresas — la guía completa para cumplir a tiempo.
La factura electrónica en España: qué cambia
España da un giro decisivo hacia la desmaterialización fiscal. Estos son los tres sistemas distintos que debe conocer:
Los 5 puntos clave que debe entender
Del marco legal al calendario, pasando por los formatos técnicos y las sanciones.
Ley Crea y Crece (Ley 18/2022) — el marco legal
La Ley 18/2022 de Creación y Crecimiento de Empresas impone la facturación electrónica B2B para todas las empresas y autónomos en España. El objetivo es combatir el fraude fiscal y mejorar la liquidez de las empresas. La ley delega las modalidades técnicas al gobierno mediante reglamentos de desarrollo.
Calendario 2025-2027
Fase 1 (2025): Grandes empresas con cifra de negocios > 8M€ — obligación de factura electrónica B2B. Fase 2 (2026): Empresas con cifra de negocios entre 1M€ y 8M€. Fase 3 (2026-2027): Todas las demás empresas y autónomos. La entrada en vigor exacta depende de la publicación de los reglamentos técnicos por parte del Ministerio.
Formato FacturaE (XML) — la norma técnica
FacturaE es el formato XML oficial de factura electrónica en España. Estructurado en UBL o EDIFACT adaptado, contiene todos los datos fiscales obligatorios (CIF emisor/destinatario, importe IVA, retención IRPF, etc.). Obligatorio desde 2015 para la facturación B2G (a administraciones públicas). Extensión al B2B prevista por la Ley 18/2022.
VeriFactu — programas certificados AEAT
VeriFactu es el sistema antifraude fiscal de la AEAT. Obliga a utilizar programas de facturación certificados (Ley Antifraude) que registran cada factura con un código QR, una huella digital y el envío automático a la AEAT. El objetivo es eliminar los programas de doble contabilidad (software de facturación no homologado). Entrada en vigor progresiva en 2025-2026.
SII — ya obligatorio desde 2017
El SII (Suministro Inmediato de Información) es obligatorio desde el 1 de julio de 2017 para empresas con cifra de negocios > 6M€, grupos IVA e inscritos en el REDEME. Impone el envío en tiempo real de los registros de IVA (libro de facturas emitidas y recibidas) a la AEAT en los 4 días hábiles siguientes. No debe confundirse el SII (registros IVA) con FacturaE (formato de factura).
Comparación: España, Francia y Bélgica
Cada país europeo tiene su propio calendario y sus propios formatos técnicos. Aquí un resumen comparativo a marzo de 2026.
| País | Formato | Plataforma | Antifraude | Obligación B2B |
|---|---|---|---|---|
| 🇪🇸 España | FacturaE XML | AEAT / FACe (B2G) | VeriFactu (2025-2026) | 2025-2027 (Crea y Crece) |
| 🇫🇷 Francia | Factur-X o UBL | PPF DGFiP / Chorus Pro (B2G) | Certificación software (IVA) | 2024-2026 (Reforma PPF) |
| 🇧🇪 Bélgica | Peppol BIS 3.0 (UBL) | Peppol / Mercurius (B2G) | En curso | En debate (contratos públicos ya) |
* Datos verificados en marzo de 2026. Los calendarios pueden ser ajustados por los respectivos gobiernos.
Programas compatibles con FacturaE y VeriFactu
Compruebe que su software de facturación soporta los formatos requeridos antes de los plazos de 2025-2026.
| Software | FacturaE XML | SII | VeriFactu |
|---|---|---|---|
| Holded | ✓ Sí | ✓ Sí | ✓ Previsto |
| ContaPlus / Sage 50 | ✓ Sí | ✓ Sí | ✓ Previsto |
| Anfix | ✗ Todavía no | ✗ No | ○ En curso |
| Odoo Spain | ✓ Sí | ✓ Sí | ✓ Previsto |
* Datos de marzo de 2026. Consulte la hoja de ruta de su editor para las actualizaciones VeriFactu.
¿Qué hacer según su situación?
Su cifra de negocios y su tipo de actividad determinan sus obligaciones y las acciones a tomar desde ahora mismo.
Sanciones y riesgos por incumplimiento
Tras los plazos de la Ley 18/2022, la negativa a emitir facturas electrónicas B2B expone a multas de hasta 10.000€ por infracción. Las sanciones se aplican al emisor de la factura.
El uso de programas de facturación no certificados por la AEAT (programas de doble uso o no conformes) expone a multas de 50.000€ o más. La Ley Antifraude (Ley 11/2021) prevé sanciones severas para los editores y usuarios de software no conforme.
Para las empresas ya sujetas al SII, el no envío de los registros en los plazos (4 días hábiles) expone a sanciones progresivas. La sanción mínima es de 300€ por declaración presentada fuera de plazo.
Preguntas frecuentes
¿La factura electrónica ya es obligatoria para todas las empresas en España?
Todavía no en el ámbito B2B general. La factura electrónica B2G (hacia la Administración pública) es obligatoria desde 2015 a través de FacturaE. La Ley Crea y Crece (Ley 18/2022) extiende la obligación al B2B: grandes empresas (cifra de negocios > 8M€) en 2025, y luego las demás empresas y autónomos en 2026-2027 según el calendario publicado por el Ministerio de Asuntos Económicos.
¿Qué es VeriFactu y es obligatorio?
VeriFactu es el sistema antifraude fiscal de la AEAT (Agencia Tributaria) que impone el uso de software de facturación certificado. Cada factura emitida debe registrarse en el programa con un código QR y una huella digital enviada a la AEAT. La obligación VeriFactu entrará en vigor de forma progresiva en 2025-2026 para todas las empresas y autónomos españoles.
¿Cuál es la diferencia entre FacturaE y el SII?
FacturaE es el formato XML de factura electrónica para los documentos de facturación (facturas emitidas al cliente). El SII (Suministro Inmediato de Información) es el sistema de envío en tiempo real de los registros de IVA a la AEAT — no de las facturas en sí. El SII es obligatorio para cifra de negocios > 6M€ desde 2017. FacturaE será obligatoria en B2B en 2025-2026 para todas las empresas.
¿Qué sanciones se aplican en caso de incumplimiento de la factura electrónica?
Las sanciones por incumplimiento de la factura electrónica en España pueden alcanzar los 10.000€ por infracción. En el caso de VeriFactu, el uso de programas de facturación no certificados por la AEAT expone a multas de 50.000€ o más. Se recomienda encarecidamente actualizar el software de facturación antes de los plazos establecidos.
¿Cómo se compara la factura electrónica española con Francia y Bélgica?
Francia (PPF): plataforma pública de facturación (Chorus Pro ya para B2G), obligación B2B en curso a través del PPF/DGFiP con formatos Factur-X o UBL. Bélgica: obligación Peppol BIS 3.0 para contratos públicos, extensión B2B en debate. España: FacturaE XML (propio de España) + VeriFactu (antifraude AEAT), obligación B2B mediante Crea y Crece. Cada país tiene su propio formato XML, pero todos convergen hacia los estándares europeos.
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